Casi 5.000 productos fueron excluidos de régimen de liberación de importaciones
El nuevo régimen de liberación de importaciones ampara a un total de 3.289 códigos arancelarios o productos, 4.999 menos que en la resolución ministerial que exoneró las compras externas hasta este 31 de diciembre, que beneficiaba a 8.288 productos.
A continuación, Banca y Negocios presenta las claves del nuevo del decreto, a partir de un reporte elaborado por Taurel & Cía:
– Se trata de una NUEVA norma y NO de una prórroga, de hecho, la anterior era una Resolución Ministerial Conjunta y esto se trata de un Decreto Presidencial.
– Contiene un apéndice con 3.289 códigos arancelarios que podrán gozar de los beneficios establecidos en este decreto (La Resolución anterior contemplaba 8.288 códigos).
– Los códigos arancelarios publicados en el apéndice NO tienen condicionamiento alguno, es decir NO hay columna de observaciones.
– Los requisitos para gozar del beneficio son los mismos que estaban contemplados en la Resolución Ministerial:
– Relación descriptiva de los bienes muebles corporales a importar.
– Factura comercial emitida a nombre del beneficiario encargado de la adquisición de los bienes muebles corporales.
En el presente decreto también se contemplan las siguientes dispensas:
* Régimen legal 4: Permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Industrias.
* Régimen legal 9: Licencia de Importación administrada por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Comercio.
* Régimen legal 11: Permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Petróleo y Minería.
* Régimen legal 14: Permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Alimentación.
* Régimen legal 15: Permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Ciencia, Tecnología e Innovación.
* Régimen legal 16: Licencia de Importación administrada por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Industrias.
* Régimen legal 20: Constancia de Registro de Norma Venezolana Covenin, administrado por el Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos.
– No Producción Nacional y de Certificado de Producción Insuficiente.
Es decir que el resto de los requisitos aplicables según el tipo de mercancías, se encuentran vigentes.
– El beneficio de exoneración aplica a la fecha de registro de la respectiva declaración de aduanas.
– Este decreto entrará en vigencia a partir del 01-01-2020 y finalizará el 30-06-2020.
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