EEUU prohíbe entrada a altos funcionarios, militares, miembros de la ANC y aliados de Maduro
El gobierno de Estados Unidos, mediante una proclama presidencial, decidió prohibir la entrada en el territorio del país norteamericano como inmigrantes o no inmigrantes a altos funcionarios del gobierno de Nicolás, a todos los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente, a oficiales de la Fuerza Armada Nacional a partir del rango coronel y a cualquier otra persona que participe o se beneficie de la administracikón chavista.
Esta nueva sanción pretende castigar a quienes «formulan, implementan o se benefician de políticas o acciones que socavan o dañan a las instituciones democráticas de Venezuela, e impiden la restauración del gobierno constitucional».
La norma apunta que no incluye a quienes cesen públicamente las acciones que esta proclama pretende sancionar y que tomen medidas claras y comprobables en favor de la restitución de un orden democrático en el país.
En concreto, la norma prohíbe la entrada a Estados Unidos de:
– Funcionarios del gobierno de Nicolás Maduro con rango de viceministro, equivalente y superiores.
– Oficiales del Ejército, cuerpos policiales y Guardia Nacional con rango de coronel, equivalente y superiores.
– Todos los miembros de la «organización conocida como Asamblea Nacional Constituyente».
– Ciudadanos extranjeros que actúen en nombre o contribuyan activamente con el gobierno de Nicolás Maduro.
– Ciudadanos extranjeros que obtienen un beneficio financiero significativo de transacciones y negocios con el gobierno de Nicolás Maduro.
– Los familiares directos de los altos funcionarios y aliados de negocios del gobierno de Maduro.
El secretario de Estado, Mike Pompeo, queda habilitado para suspender las visas de entrada a las personas específicas designadas en este decreto, de acuerdo con su exclusivo criterio.
De la misma manera, esta resolución presidencial no se aplicará a:
– Los residentes legales permanentes en Estados Unidos.
– Cualquier persona que haya recibido asilo, tenga estatus de refugiado, o esté amparado por Convención contra la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes. Asímismo, esta norma no funcionará como impedimiento para la concesión de asilo u otra protección migratoria, en caso de ser pertinente.
Esta proclama presidencial estará vigente de manera indefinida hasta que el Secretario de Estado considere que no es necesaria a los fines para los cuales fue establecida.
«Esta proclamación no pretende, y no crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, exigible por ley o en equidad por ninguna de las partes contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus funcionarios, empleados , o agentes, o cualquier otra persona», concluye la disposición firmada por el presidente Donald Trump.
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