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03/04/2018 11:13 AM
| Por Enrique González *

30% de descuento en el petro: ¿Se está configurando un delito?

30% de descuento en el petro: ¿Se está configurando un delito?

El portal web de la “criptomoneda” el petro informó, por medio de una publicación denominada “Incentivos para la Inversión Temprana para la Preventa”, que la criptomoneda se ofertaría con descuentos de hasta el 30% de su valor de “referencia”.

Siendo que el petro pretende cumplir varias funciones para el Gobierno, entre las que destaca especialmente, por un lado, un intento de crear un medio de pago y/o unidad monetaria nueva con “confianza” y aceptabilidad para lidiar con la tragedia hiperinflacionaria, y por el otro lado, levantar divisas frescas -bien sea con origen en los acreedores actuales o nuevos agentes económicos, bien nacionales o foráneos-; podría haberse iniciado igualmente una situación que configuraría una lesión al patrimonio de la nación y al Bienestar Social.

El petro pretende ser una especie de “bono cero-cupón perpetuo” -siendo que los billetes son una especie parecida aunque emitido por un banco central-, con su supuesta finitud y referencia de un ”subyacente” petrolero que no es tal ni será exigible, intentando imprimirle “confianza” y aceptabilidad, para levantar divisas, introducir una nueva unidad monetaria, y eventualmente crear un mercado artificial de rentas y corrupción que explicaremos a continuación.

Si el petro es utilizado para cancelar compromisos existentes con el Estado o nuevos compromisos, así como la adquisición de bienes y el pago de servicios provistos en monopolio público, con el petro como forma exclusiva de pago pudiendo existir la alternativa de cobro en otros medios de pago sin tener que otorgar 30% de descuento para la adquisición del Petro; se habrá configurado una lesión y un delito contra el patrimonio nacional. Especialmente cuando no se dé respuesta a las siguientes interrogantes o a algunas de las inquietudes que en caso de OCURRIR implicaría una lesión al patrimonio de la nación:

1. En el caso del ejercicio del monopolio público otorgando un descuento, ¿qué garantía existe, para un Estado que debería actuar como uno Benevolente, que la transferencia de rentas hacia el beneficiario se traducirá en un pass-through hacia la sociedad toda o al consumidor venezolano por reducción de costos derivado del descuento otorgado al adquirir el Petro?

2. En el caso de diseñarse un descuento que aumente los ingresos públicos e incentive la demanda de bienes o servicios públicos, ¿por qué no se otorgan directamente sobre el valor de estos y no sobre el valor de adquisición del petro?

3. ¿Se ha estimado el impacto que sobre la eficiencia económica de los mercados eventualmente en concurrencia y sobre el bienestar social podría tener el descuento en el precio de ciertos bienes ofertados por el Estado atados al petro como medio de pago, -desesperado el Gobierno por divisas frescas-, específicamente sobre competidores igualmente o más eficientes que el Estado?

4. ¿Se ha estimado los costos de emisión, promoción, comisiones de funcionamiento, etc., del sistema de esta criptomoneda que implica costos adicionales -pudiendo haber alternativas de pago existentes o de menor costo-, así como la destrucción de riqueza y bienestar social en consecuencia?

5. En el caso que el petro se utilice para cancelar compromisos preexistentes con el Estado, ¿se ha valorado si este descuento en el valor de tales activos del Estado se justifican por la necesidad del Gobierno de divisas en detrimento del Estado?

6. Se habrá creado un mercado artificial de rentas por medio de la venta con descuento del petro para adquirir bienes que venda el Estado como podría ser aluminio, acero, resinas plásticas, etc. Si se otorga un descuento del 30% sobre el precio de referencia del petro -ceteris paribus-, al comprar un dólar en petro se habrá cancelado solamente 0,7 dólares lo que podría representar un 42,86% de rentabilidad exclusivamente producto del mercado de renta creado artificialmente. Si quien adquiere estos petros luego los utiliza para comprar, digamos, resinas plásticas, y las exporta, por ejemplo vírgenes, al mismo valor en dólares que le ofreció el Estado -sin considerar márgenes adicionales sobre el precio- habrá obtenido 42,86% de rentabilidad en una sola ronda producto exclusiva y artificialmente del descuento para adquirir el petro. Si este ciclo lo repite tres veces, habrá obtenido una rentabilidad de 316,49% exclusivamente producto de una facilidad, ayuda o gracia del Gobierno.

7. En el caso que se haya creado el petro a pesar de la lesión al patrimonio de la nación, para mostrar éxito político.

8. ¿Qué pasará con el bolívar?, ¿existirá una discriminación y una economía denominada en bolívares así como otra en petros?. ¿La economía denominada en bolívares, por ejemplo el mercado laboral y su valor en términos reales, seguirá sufriendo al continuarse con una política fiscal y monetaria desordenada en bolívares?

Valga insistir en la apremiante necesidad en Venezuela de crear, erigir y reconstituir instancias y espacios de contraloría y de análisis económico de las políticas públicas así como de sus impactos sobre la sociedad.

* Economista. Master in Competition and Market Regulation, BarcelonaGSE, Universidad Pompeu Fabra, Universidad Autónoma de Barcelona. Master en Economía Industrial, Universidad Carlos III de Madrid. Master en Economía y Derecho del Consumo, UCLM. Postgraduate Diploma in Economics for Competition Law, Kings College London, University of London.

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