#Análisis | Gobierno aplica proceso judicial "exprés" contra acusados de corrupción
El abogado Leonel Ferrer aclaró que algunos delitos comunes como los de corrupción, implican la no procedencia del antejuicio de mérito y permiten que el funcionario que los cometa sea «absolutamente despojado de la prerrogativa y pueda ser, como cualquier ciudadano, objeto de un juicio por un tribunal».
El proceso para juzgar a exfuncionarios y empresarios vinculados a la «cruzada» contra la corrupción en PDVSA y el Poder Judicial se ejecuta de forma exprés en Venezuela, donde una reciente investigación ha dejado un saldo de 25 detenidos -14 de ellos funcionarios del Estado- ya imputados en un procedimiento que avanza más rápido de lo habitual, y que, según expertos, representa una «purga» del chavismo.
La Fiscalía confirmó que un diputado, el jefe del ente público de criptoactivos, un alcalde, cinco miembros de una vicepresidencia de la estatal petrolera PDVSA y tres jueces están entre los implicados en las tramas de corrupción y serán juzgados por el delito de «traición a la patria», entre otros.
Ahora, el caso está en manos de la Justicia, a la que le corresponde juzgar a los imputados, para los que la Fiscalía pidió «máxima pena».
La Ley para funcionarios
En el país, el proceso para juzgar a altos funcionarios por delitos relacionados con la administración de recursos del Estado debe incluir, en primer lugar, un procedimiento a cargo de la Contraloría General, en el que se determinan las posibles responsabilidades administrativas.
Al respecto, Ferrer apuntó que esta primera etapa podría conllevar la destitución o suspensión del funcionario, anulación de su salario y una posible inhabilitación para desempeñar cargos públicos.
Cumplido este paso, si la Contraloría considera que podría haber responsabilidad penal, remite el expediente a tribunales con competencia en esa materia, momento a partir del cual la Fiscalía conoce del caso y podría emitir una acusación para que el funcionario sea juzgado.
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El experto explicó que la Constitución establece el antejuicio de mérito, una prerrogativa por la que «no pueden ser juzgados ni procesados (los altos funcionarios) si previamente la Sala Plena de Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) no ha declarado, a solicitud del Ministerio Público, el mérito para el enjuiciamiento».
Esto ofrece una protección especial a altos funcionarios como el jefe de Estado, los miembros del Parlamento o del Supremo, el vicepresidente ejecutivo, el fiscal, el contralor o el defensor del Pueblo, los ministros, gobernadores, alcaldes y militares de alto rango.
No obstante, el abogado aclaró que algunos delitos comunes como los de corrupción, implican la no procedencia del antejuicio de mérito y permiten que el funcionario que los cometa sea «absolutamente despojado de la prerrogativa y pueda ser, como cualquier ciudadano, objeto de un juicio por un tribunal».
Procesos exprés
El pasado 21 de marzo, el Legislativo, de contundente mayoría oficialista, levantó la inmunidad parlamentaria al diputado chavista Hugbel Roa, acusado de estar implicado en la trama de corrupción dentro de la industria petrolera.
En un procedimiento exprés, las dos terceras partes del Parlamento aprobaron el levantamiento para que el funcionario pueda ser sometido a juicio en tribunales ordinarios.
La medida respondió a una comunicación del TSJ en la que aclaró que hay hechos que señalan a Roa «de haber concurrido de manera flagrante en delitos de corrupción», por lo que «no procede el antejuicio de mérito».
En este sentido, Ferrer recordó que los parlamentarios no administran presupuesto, por lo que podría ser el «tráfico de influencias» el delito en el que presuntamente incurrió Roa, para ser juzgado de esta forma.
Para el jurista, la forma en la que se avanza en los procesos muestra una «judicialización de la política».
«Cuando se habla de la judicialización de la política no es solamente el instrumento, (no es solo) utilizar la administración de justicia para perseguir opositores, que lo hacen, sino, internamente, para purgar y tomar el poder dentro de la disidencia interna que tienen», subrayó.
Ferrer subrayó que es responsabilidad de las autoridades «concluir con la verdad» y, en caso de que no se pruebe culpabilidad, los funcionarios serán declarados inocentes y podrían volver a sus cargos, pero si se demuestra su responsabilidad, deben afrontar cargos, que van desde multas en el ámbito administrativo, hasta privativa de libertad.
El plazo para conocer las conclusiones debe ser, según el experto, de «siete y ocho meses», teniendo en cuenta que «las garantías constitucionales deben estar presentes».
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