ANC aprueba impuesto de entre 0,25% y 1,50% anual a patrimonios sobre 250.000 euros
La Asamblea Nacional Constituyente (ANC), aprobó este martes 2 de julio una Ley Constitucional que crea un impuestos a los grandes patrimonios, que tiene como objetivo contribuir al equilibrio fiscal de la nación y va dirigida a personas jurídicas que tengan activos por más de 250.000 euros, informó la agencia gubernamental AVN.
En pleno debate dentro del hemiciclo el presidente de la Comisión de Economía de la ANC, Andrés Eloy Mendez, explicó que el texto con rango de ley contiene 30 artículos y seis disposiciones transitorias recopilados en cinco capítulos. «Esta ley representa un paso modesto, pero importante en la dirección correcta para atender el déficit fiscal, uno de los grandes problemas que nos ha generado esta guerra económica».
Indicó que las medianas industrias y la economía comunal están exoneradas de este impuesto que blindará al Estado venezolano, el cual lleva como bandera política distribuir el 70% del presupuesto nacional en inversión social. Sin embargo, tendrán que pagar el impuesto quienes tengan en posesión vehículos de alta gama, motos de alta cilindrada, yates, joyas, obras de arte, piedras preciosas, minerales entre otros bienes suntuarios.
«Este tributo se calculará mediante el valor del bien, que determine cada Dirección de Catastro de las 335 alcaldías del país, a través del precio del valor en el mercado (donde se producen las transacciones a diario como páginas web), todas por el valor de actualización del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat)».
Lo anterior parece sugerir que la medida cambiaria no será el tipo de cambio promedio de las mesas de cambio de la banca, sino el dólar «criminal», que ahora parece convertirse en referente para la determinación de impuestos, por lo que debería servir a otros fines contables.
«La tasa progresiva será del 0.25% anual hasta el 1.50% anual», indicó el constituyente Orlando Camacho.
Refirió que entre los bienes exentos de esta ley cuentan: la vivienda principal de cada ciudadano si esta no pasa del valor de 472.000 euros, las prestaciones sociales de los trabajadores, los bienes de propiedad comunal, aquellos activos de los bienes de agricultura y los que determine el Presidente de la República, quien cuenta con la facultad de exonerar algunos bienes de este tributo.
La ANC no ha aprobado un solo artículo de la nueva Constitución, pero legisla de manera ordinaria con su carácter «supraconstitucional». Seguramente, la Asamblea Nacional suprimirá la vigencia de este tributo, mientras el TSJ lo avalará.
En principio, parece un impuesto difícil de cobrar, porque la determinación de los activos sujetos a gravamen dependerá de los catastros municipales, y la determinación de valor es un proceso complicado; sin embargo, lo medular es que se busca una manera muy poco prudente de sofocar un déficit fiscal que supera 15% del PIB.
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