Banco Central de Chile no considera los criptoactivos como monedas
El Banco Central de Chile advirtió hoy que su marco legal vigente no permite considerar las criptomonedas como dinero de curso legal o divisas.
El emisor dedicó a este asunto un anexo del Informe de Estabilidad Financiera (IEF) del primer semestre de 2018, presentado este miércoles, remarcando que «de estimarse necesaria una respuesta regulatoria más profunda, para incluir en el perímetro regulador las actividades asociadas a los criptoactivos, sería necesario realizar ajustes legislativos».
«Esta es una discusión abierta y para la cual ciertamente son de relevancia las experiencias de otras jurisdicciones, como por ejemplo México, y el Reino Unido», advierte el texto.
Recordó que las funciones del dinero son servir como medio de intercambio o de pago, unidad de cuenta y depósito de valor.»Si los criptoactivos cumplen de manera adecuada o no con esas funciones, es un tema recurrente en las discusiones internacionales de política financiera. El consenso en esos círculos es que, por ahora, no es el caso», sostuvo.
Precisó en seguida que los criptoactivos «no son un buen medio de pago, ya que su aceptación es limitada. Ningún país los ha reconocido como moneda de curso legal, por lo que nadie está obligado a aceptarlas para extinguir una obligación».
Además, añadió, «su forma de funcionamiento implica que validar una transacción tome más tiempo que las alternativas tradicionales» y apuntó que «la alta volatilidad que tienen sus precios impide que puedan cumplir adecuadamente un rol de unidad de cuenta, y ser un buen depósito de valor».
«Esto ocurre en parte porque no existe un emisor que vele por la estabilidad del valor de estos activo», remarcó.
El emisor chileno señaló también que «cabe tener presente que los criptoactivos, usualmente conocidos como criptomonedas, no son lo mismo que el dinero electrónico».
«Este último es una representación digital del dinero en efectivo y permite a los usuarios utilizar créditos concedidos por un determinado emisor o almacenar fondos en un dispositivo (una tarjeta o un teléfono), o a través de Internet para realizar transacciones de pago», agregó.
Sobre los riesgos de las criptomonedas, el emisor indicó que los mismos emanan de la alta volatilidad de sus precios y de las características de las entidades que intermedian y/o custodian estos activos.
Ello porque «no están reguladas, pueden encontrarse constituidas en cualquier jurisdicción y para las que es muy difícil conocer a ciencia cierta si sus medidas de mitigación de riesgo operacional y ciberseguridad son apropiadas».
El texto hace ver respecto de los intermediarios y/o custodios de esos activos que a nivel internacional se han presentado varios casos de robo de criptoactivos desde entidades encargadas de su custodia (que tampoco están reguladas), lo que ha resultado en pérdida total para los clientes.
Asimismo, en caso de fraudes en que los intermediarios no entreguen los criptoactivos por los que recibieron recursos a cambio, o incluso cuando estos ni siquiera existan, «puede ser muy difícil entablar acciones legales, porque pueden estar constituidos en jurisdicciones con sistemas de supervisión y regulación débiles», concluyó.
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