Comisión Europea aprobó paquete temporal de ayuda a empresas por altos costos energéticos
La Comisión Europea aprobó este miércoles 23 de marzo un nuevo marco temporal de ayudas públicas que permitirá a los Estados miembros conceder hasta 400.000 euros -440.000 dólares- a empresas afectadas por la guerra en Ucrania y compensar parcialmente el incremento de los precios de la energía.
Bruselas ha creado este marco temporal a imagen del que ya puso en marcha para apoyar al tejido productivo europeo durante la crisis de la pandemia de coronavirus y el objetivo es utilizar la «flexibilidad» prevista en la legislación comunitaria para que los países puedan desplegar ayudas públicas que no están permitidas en circunstancias normales.
En primer lugar, los gobiernos europeos podrán otorgar ayudas directas de hasta 35.000 euros -38.500 dólares- por empresa afectada en los sectores de agricultura, pesca y acuicultura y de hasta 400.000 euros por empresa afectada en los demás sectores.
En este caso, no será necesario que la ayuda esté vinculada a un aumento de los precios de la energía, explicó el Ejecutivo comunitario, puesto que «la crisis y las medidas restrictivas contra Rusia afectan a la economía de múltiples maneras».
Además, los gobiernos podrán apoyar la liquidez de empresas a través de avales públicos, para que sigan teniendo acceso a préstamos bancarios, y préstamos con tipos de interés bonificados.
En el caso de estos dos tipos de ayuda, la Comisión Europea ha establecido límites en relación con el importe máximo del préstamo que estarán basados en las necesidades de explotación de la sociedad, teniendo en cuenta su facturación, costes energéticos y necesidades de liquidez.
Los préstamos, además, podrán cubrir tanto necesidades de inversión como de capital circulante, precisó el Ejecutivo comunitario.
Por último, el marco temporal de Ayudas de Estado permite compensar parcialmente a las empresas por los elevados precios de la energía, especialmente a aquellas compañías que consumen mucha energía, y esta ayuda podrán concederse en diversos instrumentos, incluidas las subvenciones directas.
No obstante, la ayuda por empresa no podrá superar el 30 % de los costos subvencionables, hasta un máximo de 2 millones de euros -2,3 millones de dólares-, aunque podrá estar justificada una ayuda adicional para garantizar la continuidad cuando una sociedad incurra en pérdidas.
En estas circunstancias, los Estados miembros podrán conceder ayudas de hasta 25 millones de euros -27,5 millones de dólares- para los grandes consumidores de energía y de hasta 50 millones de euros -55 millones de dólares- para las empresas de sectores concretos (aluminio y otros metales, fibras de vidrio, pasta, fertilizantes o hidrógeno y numerosos productos químicos básicos).
El marco temporal incluye también una serie de «salvaguardias» para proteger la unidad del mercado único y distorsiones en la competencia dentro del bloque comunitario, como por ejemplo la exigencia de que exista un vínculo entre el importe de la ayuda a una empresa, la magnitud de su actividad y su exposición a la guerra en Ucrania.
También establece criterios de subvencionalidad para definir qué empresas son consideradas grandes consumidores de energía, aquellas para las que la compra de productos energéticos representa al menos el 3 % de su valor de producción.
Por último, Bruselas insta a los Estados miembros a que valoren la inclusión de requisitos relacionados con el medio ambiente y la seguridad de suministro en la concesión de las ayudas derivadas del aumento de los precios del gas y la electricidad.
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