Conatel exhortó a los radiodifusores a cumplir con difusión de mensajes oficiales
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) a través de un comunicado exhortó a los prestadores de servicios de radio, televisión y difusión por suscripción que operan en el país a cumplir con la difusión de mensajes y demás alocuciones oficiales en acato a la norma dispuesta en la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, para garantizarle al pueblo el conocimiento oportuno de los mensajes del Estado.
Dicho exhorto lo hace la Comisión tras constatar que diferentes prestadores de servicio de radiodifusión del país incumplen dicha norma; y advierte a los servidores mediáticos que en caso de omitir este llamado, serán sancionados conforme a las previsiones contenidas en el Capítulo VII de la mencionada ley.
A continuación, el texto íntegro:
«La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) en el ejercicio de las potestades de regulación y control de la actividad de telecomunicaciones en Venezuela, hace público el presente llamado a todos los prestadores de servicio de radio, televisión y difusión por suscripción que operan en el territorio nacional para que den cumplimiento, con carácter obligatorio, a las previsiones del artículo 10 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, en aras de garantizar a la ciudadanía el acceso oportuno a los mensajes o alocuciones oficiales del Estado.
CONATEL ha venido observando a través de la monitorización a los diferentes prestadores de servicio de radiodifusión sonora a nivel nacional, el incumplimiento al contenido del mencionado artículo 10; frente a ello, se les reitera las consecuencias derivadas del incumplimiento de dicha obligación legal que, conforme a lo dispuesto en el artículo 28, numeral 4, literal «l» de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, será sancionado con multa de hasta el 4% de los ingresos brutos de aquel al que se le compruebe su incumplimiento.
Conforme a ello, la materia regulada por la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos es de orden público, constituyendo así un deber del Estado, garantizar al pueblo venezolano, la existencia de las condiciones para desarrollar sus actividades dentro de un ambiente de seguridad, paz y confianza, en el que impere el orden y los valores fundamentales de un estado social, de derecho y de justicia como lo ampara la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por tanto, esta Comisión Nacional de Telecomunicaciones, les exhorta a los servicios de radio, televisión y difusión por suscripción, a cumplir con su obligación de difundir los mensajes y alocuciones oficiales en los términos señalados en el artículo 10 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, advirtiendo que la reiteración en su inobservancia, será sancionada conforme a las previsiones contenidas en el Capítulo VII de la mencionada Ley».
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