Constituyente cerrará medios que fomenten el "odio"
La Asamblea Nacional Constituyente instaurada por el oficialismo en Venezuela aprobó hoy en su «Ley contra el Odio» castigar con su clausura a aquellos medios que transmitan mensajes que incurran en los delitos contemplados en dicho texto.
«El prestador de servicios de radio o televisión que difunda mensajes que constituyan propaganda a favor de la guerra o apología del odio nacional, racial, religioso, político o de cualquier otra naturaleza serán sancionados con la revocatoria de la concesión», según se lee en uno de los artículos de la ley aprobada.
El texto establece además multas para las personas jurídicas responsables de redes sociales y medios electrónicos que no retiren en un plazo de seis horas mensajes «de odio», así como sanciones de hasta el 4% de sus ingresos fiscales brutos a aquellos dueños de medios que se nieguen a publicar contenidos de promoción de la «tolerancia».
Además la Ley castigará con penas de hasta 20 años de cárcel a quienes sean hallados culpables de promover «delitos de odio».
«Quien públicamente (…) incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político (…) será sancionado con prisión de 10 a 20 años», establece el artículo 20 de la citada ley.
La ley aprobada hoy es un encargo personal del presidente, Nicolás Maduro, a la Constituyente para acabar con los supuestos mensajes «de odio» social, racial y político que según el oficialismo provocaron la ola de protestas contra el Gobierno que vivió el país entre abril y julio de este año que dejó 120 muertos.
La ley -que reconoce también como delitos de odio aquellos que vayan dirigidos contra las minorías sexuales- pena el «agravante por motivos de odio e intolerancia» con una sanción equivalente al «límite máximo de la pena establecida para el hecho punible correspondiente».
El texto prevé asimismo penas de cárcel de entre 8 y 10 años para aquellos funcionarios policiales o militares que se abstengan o retarden su actuación contra los responsables de «delitos de odio», y privaciones de libertad de esa misma duración para el personal sanitario que discrimine a la hora de ofrecer atención.
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