Constituyente: Incentivos Desalineados con el Interés Público
El proceso Constituyente conjuntamente con sus bases comiciales, y muy especialmente el hecho que la nueva Constitución producto de la misma no vaya a ser sometida a referendo o a aprobación popular, universal, proporcional y secreta; augura una enorme amenaza sobre la sociedad venezolana toda.
Primero destaca que las bases comiciales destruyen la correlación de rechazo al gobierno en esta votación, por un lado porque crea artificialmente y Ad Hoc sectores en favor del oficialismo y por el otro lado destruye la proporcionalidad del voto nacional-regional. Lo anterior es especialmente grave, toda vez que la Constitución Nacional constituye el pacto social que todos -y no parcial o grupalmente- los venezolanos deberíamos refrendar. Estos elementos aunada a la no participación de la oposición dada la inconstitucionalidad del proceso Constituyente, de plano elimina de la participación un universo, una serie de sectores y una mayoría de ciudadanos y grupos sociales; situación que amenaza enormemente contra cualquier contrapeso democrático o de amplia representación en este proceso.
Dicho lo anterior, vale destacar el papel que estaría jugando los sectores definidos Ad Hoc, que dada la forma en que fueron definidos, se habría creado el señuelo para su participación -ya limitada ex ante- en el proceso de elección de sus “representantes”. Tal “participación” en el proceso de votación busca darle cierta legitimidad de voto o masas al viciado proceso Constituyente. Asimismo podría esperarse, de haber verdadera representación por parte de los constituyentistas efectivamente proclamados por el Consejo Nacional Electoral, que las propuesta de reforma Constitucional obedecerán a intereses grupales e individuales y no necesariamente tutelando el interés público (exponiéndonos al riesgo de una situación del dilema del prisionero como denunciáramos en nuestro artículo: www.bancaynegocios.com/la-constituyente-como-dilema-del-prisionero/).
Adicionalmente, ni siquiera los intereses de las truncadas bases de los grupos creados Ad Hoc, ni las propuestas a la constituyente realizadas por las bases en el proceso pre-votación, ni las que asomen como “representantes” los miembros de la Asamblea Constituyente, estarían siendo garantizadas su inclusión en la nueva Constitución -y he aquí otra perversidad ex profeso, en esta ocasión en contra de los propios adeptos políticos o “aliados” circunstanciales-.
Al respecto y para aclarar nuestra aseveración anterior explicaremos primero el problema de representatividad y luego el de incentivos.
Respecto a la representatividad debemos decir que siempre existe el riesgo de problema Agente-Principal y de conflicto entre una persona electa y sus intereses propios con los de la base que lo ha electo. Mucho más importante constituye considerar tanto la barrera que representa los requisitos de inscripción de los candidatos, como las barreras de recursos necesarios para la campaña, y los votos movilizados; que siempre jugarán en favor de personajes preconcebidos por la maquinaria oficial y partidista, incluso en contra de una verdadera representación de grupos.
Por ello hemos utilizado la denominación de “aliados” circunstanciales, aunado al hecho que el producto de la redacción de la eventual instalada Asamblea Constituyente -como ya lo ha dejado claro públicamente las instancias de poder y el Ejecutivo Nacional- no será sometido a ningún tipo de referendo -ni siquiera dentro los grupos creados Ad Hoc!!!-.
El hecho que la nueva Constitución redactada por la Asamblea Constituyente no sea sometida a referendo aprobatorio por el pueblo, constituye el más perverso esquema de incentivo que pone en riesgo de ser excluidas de la Constitución todas aquellas instituciones democráticas que beneficien y den representatividad a la mayoría excluida por las bases -los ciudadanos-. Pero es igualmente maquiavélico por la evidencia que implica utilizar a sus propias bases -y porque evidencia que para quien el poder es el fin último, los aliados son circunstanciales, y que la democracia y la representatividad les implica una mera consigna hasta la fecha en la cual les sea útil, pero nunca objetivos por sí mismos- no existiendo amenaza o garantía que ningún interés de los grupos Ad Hoc sea incluido en la redacción, toda vez que no existe referendo!!!!
Eventualmente algunas propuestas de los grupos de interés podrán ser incluidos con la intención de evitar rechazo posterior, pero nunca basados en los incentivos que crea la democracia y la amenaza de alternabilidad en el poder producto del voto universal, proporcional y secreto, porque ese esquema está suspendido de facto en el país y así continuará eventualmente de “derecho” posteriormente a la Asamblea Nacional Constituyente.
Este análisis positivo de los esquemas de incentivos perversos en el proceso Constituyente y sus bases comiciales; es lo suficientemente robusto para predecir y anticipar la lesión que se está por infligir al país todo y declararlo absolutamente nulo.
*Economista UCV. Profesor de Economía Gerencial, UNIMET. Master in Competition and Market Regulation, BarcelonaGSE, Universidad Pompeu Fabra, Universidad Autónoma de Barcelona. Master en Economía y Derecho del Consumo, UCLM. Programa Avanzado en Política de Competencia, Instituto de Empresas, IE.
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