El Aissami: Encaje legal de 100% aplicará a los depósitos del Estado en la banca
El vicepresidente del área Económica, Tareck El Aissami, señaló que la Resolución N° 18-08-01 del Banco Central de Venezuela (BCV) establece un encaje legal marginal de 100% a los depósitos que hace el Estado venezolano al sistema bancario, medida que incluye a los bancos públicos y privados.
Ayer el BCV publicó una resolución que ordena a la banca crear un «encaje especial» con la totalidad de las reservas excedentarias que acumule a partir del 1 de septiembre.
De acuerdo con El Aissami, el objetivo es que el nuevo «encaje legal marginal» se destine al «pago de nomina y que el sistema bancario no utilice ese dinero para reciclarlo o inyectarlo a otros destinos como créditos comerciales».
Según el funcionario, esos préstamos son utilizados para la compra de dólares en el mercado negro, cuya tasa supera ampliamente la oficial.
«Es una medida de protección de nuestro sistema financiero y así garantiza que el dinero vuelva al Banco Central y sea utilizado para el propósito que es inyectar dinero a los trabajadores de Venezuela», sostuvo durante una alocución televisiva del presidente Nicolás Maduro.
El Aissami subrayó que este encaje «es necesario para lograr un equilibrio que controle el ataque especulativo inflacionario», sin precisar qué porcentaje de los depósitos se podrá seguir destinando al crédito.
Según la resolución disponible en el sitio web del BCV, los bancos universales y microfinancieros, así como los comerciales «deberán mantener un encaje especial, adicional al encaje ordinario que deben constituir de conformidad con lo dispuesto en la Resolución del Directorio del Banco Central de Venezuela N° 14-03-02 del 13 de marzo de 2014, igual al cien por ciento (100%) sobre el incremento de las reservas bancarias excedentes al cierre del 31 de agosto de 2018
«Se entiende por reservas bancarias excedentes al cierre del 31 de agosto de 2018, a los efectos de esta Resolución, el saldo mantenido en la cuenta única en el Banco Central de Venezuela, deducido el fondo de encaje ordinario correspondiente a dicha fecha», agrega el documento.
Con información de AFP
Puede ampliar la información sobre la Resolución N° 18-08-01 del BCV en el siguiente enlace:
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