El petro y Microsoft en Mixed Bundling
La importancia del Análisis Económico del Derecho, de la Valoración de Impacto Regulatorio, y del Análisis Microeconómico de la Políticas Públicas radica no sólo en determinar si cierta política posee incidencia negativa sobre el Bienestar Social -lo que no es poca cosa-, sino que permite igualmente desnudar las MOTIVACIONES y OBJETIVOS subyacentes en la Política Pública, a través de la identificación de PAGOS en favor de unos y los COSTOS-PRECIOS asumidos por otros que perfeccionarían los incentivos para aplicar dicha política con incidencia en la redistribución de bienestar y riqueza entre las partes, arrojando posibles ganadores y perdedores.
El preámbulo anterior resulta relevante porque en ocasiones una política y su instrumentalización suelen estar definidas por su naturaleza, efectos y fin, más que por su nombre, forma legal, artilugio tecnológico por medio de la cual se instrumentaliza o por el marketing oficial o de algunos interesados.
El Petro según sus emisores y promotores posee una serie de objetivos, según una serie de analistas poseería otros objetivos distintos a aquellos asomados por el Gobierno. Pero dejemos que el análisis económico hable sobre ¿qué es el Petro? ¿Cuáles son sus objetivos? Y ¿quiénes ganan y pierden con dicha política?
Hasta la fecha lo que constituye un hecho es que el Petro se oferta única y exclusivamente en divisas y se asoma que la adquisición de bienes y servicios ofertados en monopolio por el Estado, así como compromisos y responsabilidades con la nación podrán ser canceladas exclusivamente con el Petro. Lo anterior es equivalente a empaquetar, la oferta de estos bienes y servicios u honrar compromisos obligatorios con la nación, con el uso de un medio de pago exclusivo como sería el Petro.
La teoría microeconómica y la economía industrial -más precisamente la escuela de Chicago- asoma por medio de su teoría del monopolio único, que ningún agente económico tendrá incentivos para atar en exclusividad un bien, servicio o ingreso en monopolio con otro bien porque encarece el bien en monopolio, destruyendo demanda e ingresos en el mercado en el que ya es monopolio -y donde se extrae mayor renta-. En este sentido, la teoría económica reconoce básicamente dos casos en los cuales podría empaquetarse dos bienes, servicios o procesos con razones estrictamente de eficiencia económica: el primer caso cuando dos mercados o procesos resultan complementarios y sus mercados ya se encuentran en monopolio, por lo que por medio de la integración de la oferta en un mismo oferente y paquete evitará un problema de doble-marginalización. El otro caso ocurre con motivos de discriminación de precios al empaquetar dos bienes cuyas demandas muestran disponibilidades de pago negativamente correlacionadas entre sí -aún cuando complementarios entre si-. En este último caso la demanda satisfecha resultará la mayor posible, aumentando asimismo el bienestar social. Sin embargo, la demanda del Petro al imponerse como medio de pago obligatorio para honrar compromisos con el Estado como pago de impuestos, o para adquirir ciertos bienes y servicios provistos en monopolio por el Estado, constituiría una demanda derivada. Los dos últimos casos de eficiencia no corresponden al caso del Petro como ya lo explicáramos en sendos artículos escritos con anterioridad titulados “El Petro y su Venta Atada: lesión patrimonial a la nación” y “El Petro y el Consumidor Final”, escritos por medio de los cuales explicamos cómo esta venta atada y adquisición forzosa del Petro como medio de pago exclusivo aumenta los
costos para los ciudadanos, consumidores finales o empresas, reduciendo su demanda, lesionándose tanto a los ingresos de la nación como al excedente de los consumidores.
De nuevo un mismo agente económico no poseería incentivos distintos a los descritos para crear “monopolios” sucesivos porque lesionaría sus ingresos futuros. Sin embargo, aquí está el tema en el caso venezolano, no es la nación, sino el Gobierno el que estaría imponiendo SU nuevo medio de pago adquirible exclusivamente en divisas en detrimento de la nación y de los consumidores y ciudadanos, con efectos expoliadores dada su necesidad de divisas.
A manera de ejemplo y test a la hipótesis oficialista de que no se le está imponiendo ni expoliando a nadie podemos traer a colación el primer caso antimonopolio que sufrió Microsoft a nivel mundial. A Microsoft se le señalaba de apalancarse en su posición de dominio en el mercado de los Sistemas Operativos para cerrar el mercado de navegadores de Internet a sus competidores. Si bien el resultado de este caso tuvo diferentes resoluciones en USA y en Europa, en esta última se impuso como remedio vender el Sistema Operativo Windows en Mixed Bundling, lo que significaba vender el Sistema Operativo con y sin el Explorer atado sin reducir el funcionamiento técnico de ambas ofertas. La sorpresa resultó que la demanda del Sistema Operativo sin el Explorer fue prácticamente irrelevante, con lo que la oferta de empaquetamiento de Microsoft resultaba beneficiosa y apetecible para el consumidor final -la “exclusividad” o empaquetamiento no representaba un costo sino un beneficio-.
Si la intención del Gobierno fuese ofrecer el Petro a una demanda voluntaria, basado en su atractivo y confianza, y crear un medio alternativo de pago: ¿por qué no se ofrece en Mixed Bundling el Petro y los servicios, bienes y obligaciones hacia el Estado de carácter monopólico? Es decir que puedan ser adquiridos o pagados con o sin Petro ¿Por qué no se ofrece el Petro en bolívares para que los nacionales decidan cuál medio de pago utilizar? No lo hacen porque su función es expoliadora en contra de la nación y los ciudadanos y en beneficio del Gobierno en dólares. Al final para el Gobierno las divisas constituyen una facilidad esencial ya que los bolívares los pueden, y efectivamente, imprimen a su antojo.
Adicionalmente instancias de contraloría deben revisar las condiciones en las que se adjudica el Petro para que no pase como con el DICOM cuya opacidad ha permitido al Gobierno otorgar dólares a aliados para que se volteen y simulen la oferta y existencia de un mercado, donde se pagan y dan el vuelto, determinando el precio de liquidación a discreción.
Ahora sí póngale el tilde, nombre, incluso definición jurídica que más le parezca.
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