Empresarios claman por marco institucional-regulatorio eficiente en Venezuela
Recientemente el presidente de Fedecámaras Carabobo, Carlos Luis González, advirtió que alrededor de 20% de las 2.600 industrias privadas del estado Carabobo enfrentan una enorme dificultad de mantener sus operaciones en 2018, debido a las “condiciones adversas de las políticas públicas”.
El presidente de Fedecámaras Carabobo denuncia, cuando menos un par de temas de política pública y regulatoria que estarían condenando o imposibilitando las operaciones económicas en Venezuela en detrimento de la oferta de bienes y servicios en el país.
El primer tema se refiere a continuar con una política de controles y congelamiento de precios en una economía hiperinflacionaria sin atacar las causas de la inflación. En este sentido se llama la atención sobre el riesgo de pinzar márgenes y operar a pérdidas destruyendo los esquemas de incentivos a la producción y a la oferta. Lo anterior especialmente exacerbado por la tozudez de no reconocer costos económicos -costos de reposición, costos de oportunidad, costos de remuneración al capital y los costos incrementales- descapitalizado a las empresas y destruyendo valor como señaláramos por nuestra parte con anterioridad en nuestro artículo titulado “El derecho y la economía reconocen los costos económicos: ¿y la Sundde?
El segundo tema se refiere al error regulatorio que se ha cometido por medio de la utilización de una fórmula de margen y/o utilidad por parte de la Sundde y la normativa en materia de control de precios que genera falsos positivos y desincentiva el aumento en la producción y la reducción de costos medios.
Como mostramos en el cuadro anterior, la fórmula utilizada por la Sundde (P-C/C) y posteriores imposiciones de descuentos en los precios por parte de ese ente administrativo ha implicado -y podría implicar en el futuro, recordemos que estamos en periodo electoral- una expoliación y una confiscación para empresas y empresarios.
Ciertamente las dos razones anteriores son suficientes para decretar la nulidad de dichos instrumentos legales de controles de precios, especialmente si lo que se tutela es el acceso a bienes y servicios, que solo sería posible si existen, se mantienen e incluso aumentan el número de oferentes y sus incentivos.
* Economista UCV. Master in Competition and Market Regulation, BarcelonaGSE, Universidad Pompeu Fabra, Universidad Autónoma de Barcelona. Master en Economía Industrial, Universidad Carlos III de Madrid. Master en Economía y Derecho del Consumo, UCLM. Postgraduate Diploma in Economics for Competition Law, Kings College London, University of London.
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