Empresas que se nieguen a vender 50% de su producción a los Clap serán sancionadas
Los productores que se nieguen a vender 50% de su fabricación para ser distribuidos por los Comités Locales de Abastecimiento y Distribución serán sancionados con las penas que impone la Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Alimentaria. Así lo indica el artículo 12 de la Resolución 010/16, mediante la cual se establecen las normas para regular los mecanismos a través de los cuales empresas, tanto públicas como privadas, venderán parte de su producción al Estado para ser distribuidas a través de los CLAP.
El 5 de octubre el presidente Nicolás Maduro anunció en su programa televisivo que mediante un decreto el Estado se reservaría 50% de la producción agrícola para ser destinada a los CLAP. Posteriormente, el 11 de octubre, Rodolfo Marco Torres, ministro de Alimentación, informó que luego de haberse reunido con las empresas procesadoras de trigo, estas se comprometieron a vender 50% de su producción para el mismo fin.
La resolución indica en su artículo 1, según reseña El Nacional, que el objeto de esta es “establecer las normas para regular los mecanismos, términos y condiciones de venta a empresas u otros entes públicos, de un determinado porcentaje del total de producción de una empresa pública o privada, o de un sector productivo, a los fines de estabilizar el abastecimiento oportuno a los CLAP”.
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El artículo 2 determina la obligatoriedad de realizar lo que se denomina como venta priorizada. “Las empresas públicas y privadas dedicadas a la producción de insumos o bienes de los sectores agroalimentario, de higiene personal y aseo del hogar, están obligadas a vender hasta 50% de su producción a los entes públicos que indique el responsable del Vértice Construcción y Consolidación de un Nuevo Sistema de Distribución y Comercialización de la Gran Misión de Abastecimiento Soberano”.
Estarán sometidos a esta resolución los sectores agroalimentarios, de higiene personal y aseo del hogar, entre los que estarán “las unidades productivas, sociedades mercantiles, ingenios, factorías, agroindustrias, granjas, plantas productoras, procesadoras, beneficiadoras o mataderos industriales”.
Las empresas públicas que sean convocadas estarán obligadas a participar “en las reuniones periódicas efectuadas por el Vértice Construcción y Consolidación de un Nuevo Sistema de Distribución y Comercialización de la Gran Misión de Abastecimiento Soberano”.
Mercal, Pdval, CASA, Red de Abastos Bicentenario, Lácteos Los Andes, Corpozulia y Corpomiranda adquirirán y distribuirán directamente a los CLAP.
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