Estas son las condiciones de la exoneración de impuestos de mercancías procedentes de puertos libres de Paraguaná y Margarita
En Gaceta Oficial No 42.074 de fecha 24 de febrero de 2021, fue publicado Decreto N° 4.443 mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como cualquier impuesto, tasa o gravámenes aduaneros, a las mercancías que ingresen al territorio aduanero nacional que formen parte del equipaje de los pasajeros, procedentes de la Zona Libre para la Inversión Turística en la Península de Paraguaná, estado Falcón o del Puerto Libre del estado Nueva Esparta.
De acuerdo con el Tax Alert de la firma consultora EY Venezuela, esta exoneración aplica «siempre y cuando en su conjunto no excedan de un valor en moneda nacional equivalente a 3.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV)«.
El Decreto tendrá una vigencia de 5 años, contados a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial.
El presente Decreto entró en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.
Somos uno de los principales portales de noticias en Venezuela para temas bancarios, económicos, financieros y de negocios, con más de 20 años en el mercado. Hemos sido y seguiremos siendo pioneros en la creación de contenidos, análisis inéditos e informes especiales. Nos hemos convertido en una fuente de referencia en el país y avanzamos paso a paso en América Latina.