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22/12/2019 09:42 AM

Estas son las normas aplicables a las transacciones con criptoactivos

Estas son las normas aplicables a las transacciones con criptoactivos

El uso de la Plataforma Patria para operaciones con criptoactivos acarreará una comisión máxima de 2% del valor de la transacción para mantenimiento y los bancos deberán pagar 4% del costo de bienes y servicios pagados a través de sus productos de pago afiliadas a la red estatal de transacciones, según lo indica la Providencia que Regula las Operaciones de Asignación e Intercambio de Recursos en Criptoactivos, a través de los Servicios Criptofinancieros Especializados.

Se aclara que esta tasa por compra de bienes y servicios no excluye el cobro de comisiones adicionales al comercio por parte de la red que opera la cadena de bloques.

La norma, publicada en la Gaceta Oficial N°41.782, del 16 de diciembre, se establece en su artículo 4 que cualquier tipo de operación de negociación y/o intercambio del valor de un criptoactivo por dinero fiduciario «… corresponde a un proceso de valoración tasado según los parámetros del mercado secundario, por lo cual es su responsabilidad (del usuario) cualquier tipo de tasa o valoración que haga o reciba sobre el monto total o parcial que negocie o intercambie».

Los empleados públicos y jubilados que están afiliados al Plan de Ahorro en Petros solo podrán cambiar estos activos al vencimiento del convenio de ahorro.

El artículo 6 del reglamento sugiere que no todos los bancos podrán participar en este sistema de transacciones con criptoactivos, ya que indica que «las instituciones financieras del sector bancario designadas al afecto por la Sunacrip» podrán poner a disposición sus medios de pago y hacer las coordinaciones necesarias para hacer transacciones de cambio y/o compras de productos y servicios.

No se establece ningún criterio para la participación de bancos en la norma, por lo que se espera un reglamento posterior que aclare los vacíos que deja esta providencia.

El artículo 7 apunta que la Plataforma Patria, que opera como un sistema de transacción que tendrá los atributos de una casa de intercambio «que resulten aplicables».

– Condiciones de Intercambio –

El artículo 5 deja claro que las operaciones de cambio de criptoactivos por moneda fiat se realizarán a través de cotizaciones. Las partes harán sus pactos de conformidad con los «términos y condiciones dispuestos por la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas».

«En cualquier caso, el usuario se hace responsable por los errores u omisiones cometidos en los procesos de transferencia, ahorro e intercambio a los que opte como parte de los servicios prestados por la Plataforma del Sistema Patria».

La plataforma está abierta a personas naturales mayores de edad y jurídicas que se registren previamente en el sistema. La providencia anuncia que habrán lineamientos para definir los términos de registro.

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