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25/03/2017 08:53 AM
| Por Enrique González*

¿Guerra contra las panaderías o contra el sentido común?

El Gobierno ha iniciado nuevamente un estruendoso y televisado proceso de inspecciones, en esta ocasión dirigido a las panaderías, enmarcado en lo que la máxima autoridad de la SUNDDE denomina operativos que forman parte del PLAN 700 para fiscalizar igual número de este tipo de establecimientos económico-comerciales privados.

El Ejecutivo Nacional habría establecido que de la harina de trigo comercializada por el Estado a las panaderías, estas últimas tendrían que destinar el 90%  para producir panes de formato regulado como sería el pan canilla y el pan francés.

Al respecto representantes del sector panadero habrían declarado al diario El Mundo, publicado el martes 21-03-2017, que tal distribución de productos aunado a los controles de precios implicaría trabajar a pérdida o con ganancias prácticamente nulas.

El Gobierno ante argumentos de esta naturaleza suele responder: “ven a mi que tengo flor” o equivalentemente, expropiando las unidades económicas privadas.

Indicutiblemente desde la perspectiva legal e incluso constitucional, tal acción pública sería confiscatoria y violatoria del Estado de Derecho y de los derechos de propiedad y libertades económicas. Lo anterior sin que exista explicación alguna por parte del Ejecutivo Nacional que tal acción resultaría socialmente deseable aun cuando no implique una mejora paretiana –por eso legalmente se exige la debida compensación de justiprecio, requiriendo un debido proceso para declarar de utilidad pública de los activos o a la actividad económica susceptible de expropiación, lo que no podría aplicar sobre una unidad panadera-.

Así las cosas, este Plan 700, como suele exigir cualquier proceso de análisis previo al diseño e instrumentalización de una política pública y especialmente regulatoria, debería responder a las siguientes preguntas:

1.- ¿Existe una distorsión o falla en el mercado que justifique la acción pública?

Qué pretende la acción pública. Los propietarios de panaderías consultados por El Mundo denuncian que en la actualidad están recibiendo un monto inferior de sacos de harina de trigo en comparación con cualquier periodo pasado.

En este sentido, ni acciones públicas sobre el precio, ni sobre la regla de utilización de la harina de trigo por tipo de producto, redundará en mayor actividad económica y procesamiento de la harina por parte de estos establecimientos productivos privados.

2.- ¿Se pretende imponer el acceso de las personas a este tipo de productos por medio del control de los precios e imposición de reglas de utilización de la harina de trigo?

Hasta ahora esta constituiría una decisión Ad Hoc que contradice el propio discurso oficial cuando denuncia que el venezolano debería consumir menos pan, “que este producto no forma parte de nuestra cultura, ni contamos con la producción de la materia prima localmente”.

Adicionalmente, si los precios regulados, así como la proporción para producir bienes regulados somete a la empresa a pérdida, se estará violentando la restricción de participación de la empresa en la producción de este tipo de bienes, con lo que se atenta contra el propio acceso a dichos bienes ya que se podría estar forzando a la salida del mercado de numerosos establecimientos de este tipo. Luego, la respuesta no puede ser expropiar o tomar el establecimiento porque estamos hablando de bienes privados de consumo privado, incluso con eventuales sustitutos.

Por otra parte, si el Estado pretende garantizar el acceso a ciertos bienes, intentando “compensar” la pérdida del poder de compra de la moneda nacional, de sueldos y salarios producto de la inflación; la política correcta no es el control de precios, toda vez que este tipo de política pública no posee objetivo anti-inflacionario y suele constituir un pésimo mecanismo para garantizar acceso, generando mercados negros y exigiendo sistemas de racionamiento que generan mayor escasez. Se estaría pretendiendo actuar sobre los efectos y no sobre la causa de la pérdida de poder de compra del bolívar, con mayores efectos colaterales negativos. Asimismo, habría que preguntarse por qué este tipo de productos se considera susceptible de una intervención pública de esta naturaleza.

3.- ¿Por qué no dejar que sean los agentes económicos privados los que eventualmente importante la harina de trigo y produzcan lo que los consumidores demandan  de este tipo  de establecimientos privados sin regulación alguna?

No puede constituir una excusa la importación oficial de la harina de trigo para controlar este tipo de establecimientos poniendo en riesgo su sostenibilidad porque constituye una posición arbitraria y/o Ad Hoc –no justificada socialmente-. Al igual como ocurre con el control de cambios, por qué no se le retorna la soberanía al consumidor para que sea la sociedad quien determine qué y cuánto se importa y produce, y no sea la decisión arbitraria de unos funcionarios públicos.

Aun así, supongamos que la sociedad venezolana decide –y no un grupo de burócratas- que aun cuando el pan constituye un bien privado de consumo privado con sustitutos, debe garantizarse una forma de acceso al mismo. Pues primero habría que considerar que casualmente de existir un gran número de venezolanos que desean adquirir el pan, al eliminar toda regulación, los panaderos tendrán incentivos para producir formatos de pan, probablemente más pequeños que el canilla y el francés –por ejemplo, el pan sobado pequeño o “de a locha” que solía producirse- que representando una fracción de los actualmente regulados, aun garantizando una rentabilidad razonable sobre el mismo, su precio podría permitir ser adquirido por parte de demandantes con bajo presupuesto. De hecho, de ser la porción de demandantes de este tipo la que domina la demanda, existirán todos los incentivos para que las panaderías atiendan especialmente a este segmento –especialmente en mercados de pool con precios únicos determinados en el mercado y por la competencia, existiendo adicionalmente posibilidades de segmentación y diferenciación del producto por presentación sin dejar de atender a ningún cliente que posea valoración del producto y disponibilidad de pago para cubrir los costos privados de proveerlos-.

Ahora bien, supongamos, por el contrario, que esta porción de los demandantes es baja y la sociedad pretende garantizar el acceso al bien; aun así existirían alternativas de política pública más eficientes y menos distorsionantes que el control de precios y la imposición de utilización del 90% de la harina de trigo para producir los panes actualmente regulados. Por ejemplo, el subsidio directo al consumidor. Sin embargo, esta política si implicase la transferencia de dinero o entrega de un mecanismo de pago que no discrimine en su uso y termina siendo utilizado para adquirir otro bien, por un lado habrá sido una política de transferencia de renta y no de acceso al pan y segundo, se habría validado el error en el que incurren unos burócratas que deciden por los ciudadanos qué se produce y adquiere en el país por vía de controles e intervención pública –peor aun cuando nos referimos a bienes privados de consumo privado-.

Alternativamente, podría determinarse un nivel de oferta de este tipo de bienes que sería destinada a un grupo poblacional target vulnerable –previamente identificado y justificado- y por medio de la utilización de mecanismos basados en mercado, por ejemplo ofrecer esa actividad económica a licencia o subasta –otra forma podría ser que el Estado adquiera de las panaderías privadas a precios de mercado el pan y entregarlo con  subsidio; aun cuando debe estar justificado el costo de oportunidad de los recursos públicos utilizados para subsidiar dicho producto-.

Por otra parte, no resultaría socialmente deseable imponer precios o pagos de productos por debajo de los costos de producirlos ni por debajo de la valoración y disponibilidad a pagar por parte de los consumidores por simples razones políticas porque se destruiría Bienestar Social, especialmente cuando supuestamente se subsidia la importación de la harina de trigo porque adicionalmente existe un alto costo de oportunidad en la utilización de recursos públicos.

Ciertamente la depauperación del poder de compra de la moneda venezolana y la baja productividad esta configurando una terrible trampa social en la cual la importancia de los productos, incluso aquellos de subsistencia, no están necesariamente asociada a la disponibilidad de pago por parte de grupos poblacionales. Aun así, concebir el problema anterior como un exclusivo problema de equidad de corto plazo tratado únicamente por medio de controles de precios, sacrificará a la eficiencia económica clave para salir de la crisis y precipitará una situación mucho peor.

  • Economista UCV. Master in Competition and Market Regulation, BarcelonaGSE, Universidad Pompeu Fabra, Universidad Autónoma de Barcelona. 

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