Informe Especial | Las autoridades regulatorias y la dolarización
El 56,4% de las captaciones de la banca venezolana se registra en divisas. Estamos hablando de un volumen que fue equivalente a 739 millones de dólares en septiembre.
La velocidad con la que aumentan los depósitos en monedas distintas al bolívar supera, de hecho, de manera notable al crecimiento de las captaciones totales del sistema, como lo hemos señalado en una nota reciente publicada en Banca y Negocios.
Esta es expresión de una realidad concreta en la cual el desplazamiento del bolívar por otras denominaciones, básicamente el dólar, pero también por el euro y el peso colombiano en ciertas áreas del país, es ya una realidad económica que no admite más disimulo y las autoridades monetarias deben actuar en consecuencia.
Por lo pronto, no estamos abogando por la formalización de la dolarización, pero sí por una flexibilización de la capacidad de la banca para generar productos, debidamente regulados y autorizados por la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) y el Banco Central de Venezuela (BCV), que permitan hacer un uso menos complicado de las divisas y agilizar las transacciones en la economía.
Las normas y regulaciones son esenciales para dar seguridad y certidumbre razonable a los mercados y a los individuos, de manera que, si tenemos un régimen cambiario que postula textualmente la libre convertibilidad de la moneda, es conveniente que las autoridades adopten una estrategia que permita que las personas operen con normalidad y eficiencia en este entorno multimoneda.
Es vital para la recuperación de la economía que exista un clima de confianza, con reglas claras y prudentes que sirvan de marco a una situación que se ha impuesto por la pérdida de credibilidad del bolívar y la crisis económica generalizada.
Sin embargo, nos preocupa que se promuevan iniciativas de negocio que no estén adecuadamente reguladas o que contravengan expresamente el ordenamiento jurídico, en función de brindar servicios nuevos –que no hay que negar que pueden resultar necesarios- sobre la base de que son operaciones no reguladas o no susceptibles de ser reguladas, como es el caso de los denominados cajeros “dolarizados”.
No tenemos la menor duda que la banca nacional puede asumir este servicio como una facilidad adicional a los tenedores de cuentas en divisas en el sistema financiero nacional, lo que además incentivarla la apertura de más cuentas en moneda extranjera.
Una iniciativa que se podría producir, por ejemplo, es que el anunciado proyecto “Naiguatá”, el suiche de pagos nacional que la Sudeban ha venido promoviendo, se reactive para permitir la compensación de pagos en bolívares, dólares y otras monedas en el mercado nacional.
En ese marco, la banca y los proveedores no bancarios de medios de pago habilitados por las autoridades podrían ofrecer productos y servicios con tecnología de punta para agilizar las transacciones en el mercado nacional.
En el Informe Privado de Aristimuño Herrera & Asociados de esta semana la nota editorial analiza la situación de los organismos regulatorios ante el avance de la dolarización. Evidentemente, existe una presión del mercado para que las crecientes disponibilidades de divisas puedan ser utilizadas con mayor agilidad, en un marco regulatorio adecuado. Están surgiendo iniciativas novedosas, pero la capacidad de respuesta de los entes reguladores debe adecuarse a la realidad.
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