Maduro decreta emergencia económica por 60 días para enfrentar guerra comercial de EEUU
El decreto de emergencia económica contiene 10 áreas en las cuales el presidente podrá tomar medidas excepcionales, además el instrumento suspende la garantía constitucional de reserva legal en las áreas económica, financiera y monetaria.

El presidente Nicolás Maduro firmó un decreto que establece el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional, durante un lapso de 60 días, prorrogable por un período similar, el cual otorga plenos poderes al jefe del Estado para tomar «todas las medidas necesarias» para enfrentar «una guerra comercial inédita y que viola todas las normas internacionales».
En uno de sus considerandos, el decreto prevé «medidas de gran magnitud e impacto en la economía nacional y de carácter estructural a los fines de resguardar los derechos económicos, sociales, culturales y educativos del pueblo venezolano».
En el artículo 1 se decreta el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional «en razón de las circunstancias extraordinarias que afectan gravemente la economía del país, la región y del mundo, a los fines de que el Ejecutivo Nacional adopte las regulaciones y medidas urgentes excepcionales y necesarias para preservar el equilibrio económico de la nación».
Las medidas de la emergencia
El decreto establece un conjunto de 10 disposiciones sobre las materias en las que el presidente Maduro quedará ampliamente facultado para tomar decisiones vía decreto.
1. Dictar regulaciones excepcionales y transitorias que resulten necesarias para restablecer los equilibrios económicos y proteger los derechos de la población.
2. Suspender con carácter general la aplicación y cobro de tributos nacionales, estatales y municipales, así como de los trámites administrativos relacionados a fin de proteger el aparato productivo nacional.
3. Concentrar en el Tesoro Nacional la recaudación de las tasas y contribuciones especiales creadas por leyes y redireccionar los recursos disponibles de todos los fondos existentes «a partir de hoy».
4. Establecer mecanismos extraordinarios para combatir la evasión y elusión fiscal.
5. Suspender la aplicación de exenciones de tributos nacionales y proceder a su recaudación.
6. Establecer mecanismos y porcentajes obligatorios de compra de la producción nacional para favorecer la sustitución de importaciones.
En este punto el presidente Maduro insistió en la necesidad de «sustituir todas las importaciones» y proceder a los mecanismos para garantizar la compra de la producción nacional de los bienes priorizados en este decreto.
7. Adoptar todas las medidas necesarias para estimular la inversión nacional e internacional «en beneficio del desarrollo del aparato productivo, así como las exportaciones de rubros no tradicionales como mecanismo para la generación de nuevas fuentes de empleo, divisas e ingresos».
En este punto también hizo hincapié en abrir las compuertas a las inversiones. Los inversionistas nacionales y extranjeros «serán tratados de manera especial para que vengan a traer sus recursos y que circulen en el aparato productivo y la economía nacional».
8. Autorizar las contrataciones que fuesen necesarias para garantizar a la población el restablecimiento de sus derechos fundamentales.
9. Autorizar erogaciones con cargo al Tesoro Nacional y otras fuentes de financiamiento que no estén previstas en el presupuesto anual. «Esto fue muy importante en los años 2016, 2017 y 2018, porque así pudimos garantizar el desarrollo, por ejemplo, del programa de los CLAP, que fue vital para el país».
10. Dictar las normas que excepcionalmente y sin sometimiento alguno a otro poder público autoricen las operaciones de crédito público, sus reprogramaciones y complementos que no estén previstos en la Ley Especial de Endeudamiento, así como las que permiten ampliar los montos máximos de endeudamiento que pueda contraer la República.
Suspendida la garantía de la reserva legal
El artículo 3 suspende durante el período que dure la emergencia la garantía constitucional de la reserva legal en materia económica, financiera y monetaria.
En Venezuela, la reserva legal está garantizada constitucionalmente como un principio fundamental que asegura que ciertas materias sean reguladas exclusivamente por leyes aprobadas por el poder legislativo. Esto significa que ni la administración pública ni otras entidades pueden limitar o modificar estas regulaciones mediante normas de rango inferior.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 establece que la reserva legal protege el ejercicio de derechos fundamentales y limita la potestad reglamentaria, asegurando que aspectos esenciales sean regulados únicamente por el legislador.
Además, el presidente de la República queda ampliamente facultado en el artículo 4 para tomar las medidas políticas, económicas y sociales «que estime convenientes en la circunstancia actual para la estabilidad económica y social del país».
Todos los poderes públicos y las instituciones civiles y militares, indica el artículo 5, deben apoyar el cumplimiento de las disposiciones adoptadas en este decreto.
El mandatario Nicolás Maduro dijo que enviará el decreto a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para «revisar su constitucionalidad».
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