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18/08/2023 03:24 PM

Obligatoriedad para locales e instituciones de anunciar prohibición del consumo de cigarrillos electrónicos

La resolución Nº 414 del Misterio de Salud contempla la exhibición de un anuncio público prohibiendo el expendio de los “cigarrillos electrónicos».

Obligatoriedad para locales e instituciones de anunciar prohibición del consumo de cigarrillos electrónicos

La Gaceta Oficial No 42.641, de fecha 1° de junio de 2023, el Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS), mediante la Resolución N° 0362, estableció un conjunto de lineamientos para regular el uso de “cigarrillos electrónicos o similares”, según precisó la firma de abogados Varas, Bontes, López, Tufano (VBLT) & Asociados.

En ese sentido, acotó que entre las medidas adoptadas estuvo la exhibición de un anuncio público en todos los puntos de ventas donde se comercialicen estos dispositivos, prohibiendo el expendio a niños, niñas y adolescentes.

Sin embargo, destacó que dos meses después, el Ministerio de Salud, mediante la Resolución N°414 publicada en la Gaceta Oficial No.42.682, de fecha 1° de agosto de 2023, derogó por completo la regulación a la que habían sido objeto los “cigarrillos electrónicos o similares” y resolvió prohibir por completo su fabricación, almacenamiento, distribución, circulación, comercialización, importación, exportación, uso, consumo, publicidad y promoción.

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Esta resolución también contempla la exhibición de un anuncio público prohibiendo el expendio de los “cigarrillos electrónicos o similares”, pero en esta oportunidad su obligatoriedad se extendió a todas las instituciones del Estado, así como los propietarios, empleados y administradores de establecimientos de comercio, locales, instituciones, áreas privadas y/o públicas, cualquiera sea su uso, incluyendo transporte público.

El anuncio debe tener unas dimensiones iguales o mayores a 80 centímetros de (ancho) x 50 centímetros (largo) y ser exhibido permanentemente en un sitio visible con el texto señalado en la resolución.

En tal sentido, según lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de la Resolución N°414, todos los propietarios, empleadores, administradores de las áreas interiores o cerradas de lugares de trabajo y/o los lugares públicos, cualquiera sea su uso, incluyendo transporte público, tienen la obligación de velar por el fiel cumplimiento de la resolución y la exhibición del anuncio público, a fin de proteger a la población de los efectos nocivos de los “cigarrillos electrónicos o similares”.

El incumplimiento de no exhibir el anuncio público con base a los criterios señalados en la resolución podría acarrear sanciones administrativas y/o multas.

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