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01/05/2024 03:18 PM

Prorrogan hasta el #15May el plazo de la consulta pública de normas y reglamento de la Ley de la Actividad Aseguradora

Cabe recordar que en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.770, de fecha 29 de noviembre de 2023, fue publicada la Ley de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora.

Prorrogan hasta el #15May el plazo de la consulta pública de normas y reglamento de la Ley de la Actividad Aseguradora

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) prorrogó hasta el próximo 15 de mayo de 2024, el plazo de la consulta pública de las normas y el reglamento de la Ley de la Actividad Aseguradora.

En ese sentido, indicó en un comunicado publicado en sus redes sociales que a petición de personas naturales, personas jurídicas, gremios asociados y demás interesados «solicitaron una prórroga con la finalidad de realizar todas las observaciones».

La institución apuntó que concedió la dilación hasta el 15 de mayo de 2024, «para realizar y enviar» las consideraciones a través del correo electrónico consultapublica@sudeaseg.gob.ve, por escrito o por las matrices que se encuentran en la página web www.sudeaseg.gob.ve.

Ley de la Actividad Aseguradora

Cabe recordar que en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.770, de fecha 29 de noviembre de 2023, fue publicada la Ley de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora.

Esta normativa tiene por objeto establecer el marco normativo para la autorización, regulación, funcionamiento, control, supervisión y vigilancia de la actividad aseguradora, a fin de garantizar los procesos de transformación socioeconómicos que promueve el Estado, en tutela del interés general representado por los derechos y garantías de los tomadores, asegurados, beneficiarios, contratantes, usuarios y afiliados, según corresponda, de los contratos de seguros, de reaseguros, de medicina prepagada y de administración de riesgos, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional.

«Esta ley se aplica a toda la actividad aseguradora desarrollada en la República Bolivariana de Venezuela, o materializada en el extranjero, que tenga relación con riesgos o personas situadas en el territorio nacional, realizada por los sujetos regulados, definidos en este instrumento jurídico, y por todas aquellas personas naturales o jurídicas que desarrollen operaciones y negocios jurídicos calificados como actividad aseguradora, así como a las personas que representan el interés general objeto del presente marco normativo», acotó.

AVISO PUBLICO_PRORROGA SUDEASEG

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