Sunaval ordena revisión semestral de calificaciones de riesgo de los títulos en circulación
La Sunaval instruye a las sociedades calificadoras de riesgo realizar una visita a las organizaciones emisoras, a los fines de validar in situ las condiciones de la operación de estas empresas.
La Superintendencia Nacional de Valores (Sunaval) ordenó a las sociedades calificadoras de riesgo hacer una revisión semestral de la nota de riesgo de los títulos valores en circulación, a partir del inicio del lanzamiento de la primera serie o «cuando ocurran hechos relevantes que, por su naturaleza, sean susceptibles de afectar los términos y condiciones de la emisión».
Igualmente, la Sunaval establece que podrá exigir en cualquier momento que lo considere conveniente una revisión de la calificación de riesgo.
«La revisión de las calificaciones será notificada de conformidad con las Normas Relativas a la Autorización de las Sociedades Calificadoras de Riesgo», indica la circular 00007 de la Sunaval, fechada el pasado 27 de abril.
Con esta medida, el ente regulador del mercado de valores fortalece la gestión de riesgos y envía una señal de mayor seguridad a los inversionistas.
Igualmente, la circular instruye a las sociedades calificadoras de riesgo realizar una visita a las organizaciones emisoras, a los fines de validar in situ las condiciones de la operación de estas empresas.
Por otra parte, las empresas emisoras quedan obligadas a publicar en sus páginas web la hoja resumen de la revisión de la calificación de riesgo de sus títulos en circulación e igualmente esta publicación debe hacerse en los sitios de la casa de bolsa que opere como representante común de los inversionistas.
Esta publicación debe hacerse «dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la notificación por parte de la calificadora de riesgo».
Por otra parte, las calificadoras de riesgo quedan obligadas por la Sunaval a «dejar constancia expresa» de cualquier información relevante que no haya podido obtener del emisor o explicar la razón por la cual no hubiera podido realizar la revisión semestral, si fuera el caso.
Si el emisor decide cambiar de sociedad calificadora para hacer la revisión semestral de la calificación de riesgo de sus papeles en circulación deberá notificarlo a la Sunaval, durante los cinco días siguientes a la suscripción del nuevo contrato.
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