Sundde ha atendido 36 demandas por incumplimiento de suspensión de alquileres
Dando cumplimiento a la suspensión de pago de los cánones de arrendamientos de inmuebles para uso comercial, la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) ha logrado la atención de más de 36 ciudadanos, quienes en calidad de arrendadores o arrendatarios han solicitado, a través de medios electrónicos, la orientación necesaria ante la medida establecida hasta el mes de septiembre del año en curso, tras el estado de alarma y la cuarentena social y colectiva por la pandemia del Covid-19.
A través de una nota informativa, del Ministerio de Comercio Nacional, se destaca que a través de la línea telefónica 0800-LOJUSTO (5658786) han sido recibidas 22 denuncias por el cobro de alquiler por parte de sus arrendadores. Mientras que 12 personas han requerido intermediación para el pago de alquileres por el correo electrónico arrendamientocomercial@sundde.gob.ve.
Cabe destacar que, el decreto número 4.169 publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria Número 6.522 establece que los arrendadores no podrán desalojar a inquilinos, mientras dure la suspensión de pago de alquileres hasta el próximo 1 de septiembre .
Del mismo modo no se exigirá al arrendatario el pago del alquiler ni reclamar los cánones vencidos.
En este sentido, la Sundde insta a los arrendadores y arrendatarios que no han logrado un acuerdo, para realicen las respectivas solicitudes de intermediación, enviando un mensaje al correo institucional electrónicoarrendamientocomercial@sundde.gob.ve, medio habilitado para procesar y hacer seguimiento exhaustivo de los casos consignados.
Asimismo, reiteró que los usuarios podrán formalizar sus respectivas denuncias vía telefónica por el 0800 LO JUSTO (08005658786), donde un equipo les brindará la asesoría especializada en materia de arrendamiento comercial; así como aquellas referidas a presuntos hechos ilícitos de especulación, condicionamiento, acaparamiento, entre otros delitos socioeconómicos, establecidos y sancionados en la Ley Orgánica de Precios Justos; para de esta manera asegurar el desarrollo armónico, justo, equitativo, productivo y soberano de la economía nacional.
Finalmente, la Sundde reitera que priorizará el equilibrio de las partes, los acuerdos contractuales y la normalización progresiva de la actividad comercial, ejecutando acciones que permitan cumplir a cabalidad y de manera equitativa, los objetivos de intermediación por medios electrónicos y en plena garantía de los derechos legalmente establecidos, tanto para los arrendadores como para los arrendatarios.
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