TSJ declara constitucional prórroga del estado de alarma nacional
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del decreto número 4.247, dictado por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, mediante el cual se declara el Estado de Alarma para atender la Emergencia Sanitaria del Covid-19 en el país.
El máximo tribunal determina que el decreto fue dictado en cumplimiento de todos los parámetros que prevé el texto constitucional, la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y demás instrumentos jurídicos aplicables, «preservando los Derechos Humanos y en protección de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Estado, sus instituciones y el pueblo», indica el texto del TSJ reseñado en nota de prensa.
Asimismo, la decisión indica que el decreto entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Carta Magna.
Dicho decreto fue publicado en la Gaceta Oficial número 6.554 Extraordinario, de fecha 10 de julio de 2020.
Finalmente, el fallo ordena la publicación de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Máximo Juzgado del país.
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