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27/10/2024 11:26 AM
| Por EFE

UE retrasa hasta 2026 las normas bancarias de capital mínimo por riesgo de mercado

Con este año adicional, la Comisión Europea (CE) considera que tendrá tiempo para analizar las novedades acerca de la aplicación de los requisitos mínimos de capital por riesgo de mercado en otros países y estudiar los «siguientes pasos».

UE retrasa hasta 2026 las normas bancarias de capital mínimo por riesgo de mercado

La Unión Europea (UE) retrasará un año, hasta el 1 de enero de 2026, las normas sobre requisitos mínimos de capital de la banca por riesgo de mercado, que forman parte del acuerdo internacional para mejorar la solidez de los bancos tras la crisis financiera conocido como Basilea III.

El Parlamento Europeo y el Consejo de la UE (los países) han dado vía libre para aprobar la propuesta presentada en julio pasado por la Comisión Europea (CE), según informó la Dirección General de Servicios Financieros de esta institución a través de sus redes sociales.

Ambas instituciones tenían un plazo de tres meses para oponerse a la iniciativa, que expiró el 24 de octubre sin que ninguna de ellas haya presentado objeciones, con lo que esta puede entrar en vigor.

Esto significará aplazar hasta el 1 de enero de 2026 de la entrada en vigor de la Revisión Fundamental de la Cartera de Negociación (FRTB, por sus siglas en inglés), que incorpora «técnicas sofisticadas de medición de riesgos» para «alinear más fielmente los cargos de capital con los riesgos que afrontan los bancos en los mercados de capital».

El Ejecutivo comunitario justificó su decisión de retrasar un año su aplicación porque «algunas grandes jurisdicciones deben finalizar todavía sus normas o comunicar sus calendarios de implementación», según explicó en julio en un comunicado.

Aunque Bruselas no especificó a qué países se refería, la comisaria europea de Servicios Financieros, Mairead McGuinness, ha apuntado al retraso acumulado en Estados Unidos en ese ámbito.

La Comisión Europea defendió que es «esencial» que los actores globales apliquen de forma «alineada» los estándares acordados en Basilea III, ya que los posibles «retrasos y desviaciones» en «grandes jurisdicciones» podrían «socavar la credibilidad» del sistema y, en última instancia, «dañar la igualdad de condiciones y perjudicar la estabilidad financiera global».

De ahí que Bruselas propusiese el aplazamiento de esta parte específica del acuerdo de Basilea III con el objetivo de «preservar la igualdad de condiciones para los bancos europeos activos de manera internacional en sus actividades de negociación».

El resto de estándares de Basilea III se aplicarán en la Unión Europea (UE) desde el 1 de enero de 2025.

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